La Declaración de Bienes y Rentas es un procedimiento legal que debe ser realizado por todas aquellas personas que ejerzan un cargo como servidores públicos en el país, este registro se realiza con el fin de la protección de las entidades públicas de la corrupción.
Es decir que realizar el registro de bienes y patrimonio por parte de todos los servidores públicos en cualquiera de los cargos es de carácter obligatorio.
Tabla de contenidos
- ¿Qué es la declaración de bienes y rentas?
- ¿Quiénes deben presentar declaración de bienes y rentas obligatoriamente?
- ¿Qué datos se deben aportar en la Declaración de Bienes y Rentas?
- ¿Cuántos y cuáles son los tipos de Declaración de Bienes y Rentas?
- ¿Cómo se debe cambiar la entidad receptora?
- ¿Quién conserva la Declaración de Bienes y Rentas en la entidad?
¿Qué es la declaración de bienes y rentas?
La Declaración de Bienes y Rentas es el registro que deben realizar todos los servidores públicos sobre los bienes y recursos que posean, además de ello en dicho registro se debe agregar la información personal a modo de garantía de la transparencia de sus actos.
Este registro que se debe hacer es de carácter obligatorio y una responsabilidad que tienen todos los servidores públicos en vista del desarrollo de la actual Ley Anticorrupción.
Por otra parte la Ley 190 de 1995 tiene establecido y reglamentado en sus artículos, desde el 13 hasta el 15 que la Declaración de Bienes y Rentas es un requisito indispensable para poder poseer un empleo.
Además de ello la declaración debe ser actualizada cada año y sin ninguna falta, asimismo debe ser actualizada al realizarse el retiro del servicio.
Tanto la actualización como la presentación de la Declaración de bienes y rentas y de la actividad económica deben realizarse por medio del Sistema de Información y Gestión de Empleo Público (Sigep) en la cual se encuentra un formulario.
Cuando el organismo o entidad no se encuentra al Sigep, la Declaración deberá ser presentada por parte del servidor público de forma física a la unidad de personal o a quienes hagan las veces de esta.
¿Quiénes deben presentar declaración de bienes y rentas obligatoriamente?
La declaración de bienes y rentas es de carácter obligatorio para todas aquellas personas que ejerzan como servidores públicos en el país según lo establecido en el artículo 122 de la Constitución Política.
En dicho artículo de la Constitución política se establece lo siguiente: “antes de tomar posesión del cargo, al retirarse del mismo i cuando autoridad competente se lo solicite deberá declarar, bajo juramento, el monto de sus bienes y rentas. Dicha declaración solo podrá ser utilizada para los fines y propósitos de la aplicación de las normas del servidor público”.
Del mismo modo en el artículo 277 del Decreto Ley 019 de 2012 también se hacer referencia a la declaración de bienes y rentas, específicamente en el segundo párrafo, en donde se señala lo siguiente: “los servidores públicos deberán diligenciar la Declaración de Bienes y Rentas de que trata el artículo 122 de la Constitución Política.
Cabe además destacar que los contratistas no se encuentran en la obligación de realizar estos registros de la Declaración.
¿Qué datos se deben aportar en la Declaración de Bienes y Rentas?
Como ya ha sido mencionado la Declaración debe realizarse a través del Sigep el cual aporta un formulario que debe ser llenado con lo siguiente:
- Datos personales.
- Obligaciones financieras.
- Conformación familiar.
- Bienes patrimoniales que posea el servidor público.
- Ingresos laborales.
- Ingresos no laborales.
Una duda bastante frecuente sobre la Declaración de Bienes y Rentas es si en esta deben ser incluidas las cesantías, pues la respuesta a esto es no, ya que las cesantías no son consideradas por la Ley parte del patrimonio.
El hecho de que no sean consideradas parte del patrimonio se debe a que no son un recurso del cual se pueda disponer libremente debido a que su utilización es limitada, además de ser obligatorio la comprobación del destino de estas.
Sin embargo esto cambia en el momento en el que las cesantías son retiradas del fondo puesto que a partir de ese momento se vuelven parte del ingreso laboral por lo que deben ser parte del registro de la Declaración.
¿Cuántos y cuáles son los tipos de Declaración de Bienes y Rentas?
La Declaración de Bienes y Rentas está constituida por tres tipos, los cuales son los siguientes:
- Ingreso: este tipo de declaración debe ser diligenciada y presentada cuando se va a hacer posesión del empleo, es decir, al momento de convertirse en un servidor público.
- Periódica: este tipo de declaración como su nombre lo indica debe realizarse de forma periódica, específicamente y según lo establecido en el artículo 2.2.16.4 del Decreto 1083 de 2015 todos los servidores públicos deben realizar la Declaración de Bienes y Rentas a ms tardar el último día del mes de marzo de cada anualidad que se cumpla.
- Retiro: finalmente este tipo de declaración se debe presentar cuando se va a hacer entrega del cargo de servidor público, específicamente y según lo establecido el artículo 2.2.16.4 del Decreto de 1083 de 2015 el tiempo máximo posterior a hacer entrega del cargo es de 3 días hábiles.
¿Cómo se debe cambiar la entidad receptora?
Para poder realizar el cambio es necesario solicitar en la entidad en la que se haya laborado anteriormente que se dé de baja en el sistema o que sea desvinculado del sistema según sea el caso correspondiente.
Posterior a ello se debe dar aviso a la nueva entidad en la que se esté laborando para que de este modo en ella se le dé de alta como servidor público.
En el caso de servidores públicos que ya estén activos la actualización se realiza de forma automática por lo que para la siguiente Declaración de Bienes y Rentas que se realice quede con la entidad receptora.
¿Quién conserva la Declaración de Bienes y Rentas en la entidad?
Según lo establecido en el artículo 16 de la Ley 190 de 1995 la información que sea suministrada por los servidores públicos en su Declaración de Bienes y Rentas debe ser tanto recopilada como clasificada.
Dicha recopilación y clasificación debe ser realizada por la unidad de personal o en su defecto la dependencia que haga sus veces, estos deberán anexar dicha información a la hoja de vida de cada servidor público.
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